Rechazo oferta de empleo o curso de formación
Rechazo oferta de empleo o curso de formación
Rechazo oferta de empleo o curso de formación
¿Sabías que si estás cobrando el paro no puedes rechazar una oferta de empleo o un curso de Formación diciendo que estás estudiando o cuidando a tu hija/o?
El Servicio Público de empleo Estatal ha comunicado que las alegaciones de estudio o cuidado de hijas o hijos menores no son causas justificables para rechazar cursos, certificados de formación o rechazar ofertas de empleo.
Por lo que, si una persona está cobrando una prestación por desempleo está obligada a buscar de forma activa empleo y cumplir con el compromiso de actividad incluida en la solicitud de su prestación.
Dicho compromiso incluye la aceptación de ocupaciones adecuadas y la participación en cursos o certificados de profesionalidad que mejoren tus competencias profesionales para ayudarte a acceder al mercado laboral.
Rechazar una oferta de empleo o curso formativo adecuado sin una causa justificada, se considera infracción grave por parte de las personas beneficiarias de la prestación.
Esta infracción es sancionada la primera vez con la perdida de la prestación durante 3 meses, la segunda vez con 6 meses y si ocurre una tercera vez con la extinción de la prestación.
El itinerario de inserción establece como obligatoria la justificación de la búsqueda activa de empleo y la participación en acciones formativas que mejoren las capacidades correspondientes a tu profesión habitual o tus aptitudes formativas.
No conllevará sanción y será voluntario para las personas beneficiarias de prestaciones contributivas durante los treinta primeros días de percepción.
¿Sabías que si estás cobrando el paro no puedes rechazar una oferta de empleo o un curso de Formación diciendo que estás estudiando o cuidando a tu hija/o?
El Servicio Público de empleo Estatal ha comunicado que las alegaciones de estudio o cuidado de hijas o hijos menores no son causas justificables para rechazar cursos, certificados de formación o rechazar ofertas de empleo.
Por lo que, si una persona está cobrando una prestación por desempleo está obligada a buscar de forma activa empleo y cumplir con el compromiso de actividad incluida en la solicitud de su prestación.
Dicho compromiso incluye la aceptación de ocupaciones adecuadas y la participación en cursos o certificados de profesionalidad que mejoren tus competencias profesionales para ayudarte a acceder al mercado laboral.
Rechazar una oferta de empleo o curso formativo adecuado sin una causa justificada, se considera infracción grave por parte de las personas beneficiarias de la prestación.
Esta infracción es sancionada la primera vez con la perdida de la prestación durante 3 meses, la segunda vez con 6 meses y si ocurre una tercera vez con la extinción de la prestación.
El itinerario de inserción establece como obligatoria la justificación de la búsqueda activa de empleo y la participación en acciones formativas que mejoren las capacidades correspondientes a tu profesión habitual o tus aptitudes formativas.
No conllevará sanción y será voluntario para las personas beneficiarias de prestaciones contributivas durante los treinta primeros días de percepción.
¿Sabías que si estás cobrando el paro no puedes rechazar una oferta de empleo o un curso de Formación diciendo que estás estudiando o cuidando a tu hija/o?
El Servicio Público de empleo Estatal ha comunicado que las alegaciones de estudio o cuidado de hijas o hijos menores no son causas justificables para rechazar cursos, certificados de formación o rechazar ofertas de empleo.
Por lo que, si una persona está cobrando una prestación por desempleo está obligada a buscar de forma activa empleo y cumplir con el compromiso de actividad incluida en la solicitud de su prestación.
Dicho compromiso incluye la aceptación de ocupaciones adecuadas y la participación en cursos o certificados de profesionalidad que mejoren tus competencias profesionales para ayudarte a acceder al mercado laboral.
Rechazar una oferta de empleo o curso formativo adecuado sin una causa justificada, se considera infracción grave por parte de las personas beneficiarias de la prestación.
Esta infracción es sancionada la primera vez con la perdida de la prestación durante 3 meses, la segunda vez con 6 meses y si ocurre una tercera vez con la extinción de la prestación.
El itinerario de inserción establece como obligatoria la justificación de la búsqueda activa de empleo y la participación en acciones formativas que mejoren las capacidades correspondientes a tu profesión habitual o tus aptitudes formativas.
No conllevará sanción y será voluntario para las personas beneficiarias de prestaciones contributivas durante los treinta primeros días de percepción.